RCTV: Así terminó la vieja televisión (VIII)

(Capítulo 8 – RCTV: Lo que violó, en concreto)

Al cumplirse una década de la primera revisión que hiciera el Estado venezolano de las concesiones de la TV (Jaime Lusinchi, decreto 1577), dedicamos la columna del lunes pasado, la del lunes 3 de julio, la del lunes 26 de junio, la del lunes 19, la del lunes 12, la del lunes 5, la del lunes, 29 de mayo, esta, y la próxima (la última de esta serie), a analizar cómo la República llegó a la decisión soberana de no renovar la concesión a Radio Caracas Televisión (RCTV). En esta entrega, conocerás cómo Marcel Granier, con la Ley RESORTE, y un decreto de la cuarta república que él y su empresa conocían muy bien, dejó perder la señal de RCTV, abriendo el camino para la nueva televisión venezolana, la de este siglo XXI.

“¿Qué tribunal sentenció que RCTV es un canal golpista?” Preguntó, en los últimos días de RCTV en la señal abierta, con su forma típica de manipular la ley y la justicia Miguel Ángel Rodríguez, empleado de RCTV y conductor del programa ‘La Entrevista’.

El decreto de Jaime Lusinchi (decreto 1577) contemplaba dos supuestos para que el ejecutivo dirimiera sobre la concesión de las televisoras. Como ya explicamos en una columna anterior, la decisión del Estado venezolano de no renovar la concesión a RCTV estaba tan blindada, jurídicamente, que ni siquiera la comunicología pudo argumentar contra la misma, sin que se evidenciara su parcialización política. Andrés Cañizales decía: “El gobierno utilizó como argumento un decreto presidencial de 1987, del presidente Jaime Lusinchi, el cual le da validez a la totalidad de concesiones de radio y televisión del país por un lapso de 20 años, hasta el 27 de mayo de 2007. (…) el gobierno soslayó que ese decreto también establecía el derecho de preferencia para la renovación de los permisos y la causa de no renovación era que se hubiesen cometido actos ilícitos. No hubo anuncio del gobierno de revisar o no renovar la concesión de otra planta de radio y televisión, por lo que la decisión se enfiló solo contra RCTV, evidenciándose como discriminatoria”.

Nada se soslayó, fue Cañizales quien omitió que el Presidente Chávez anunció el 13 de junio de 2006 la revisión, no sólo de la de RCTV, sino de todas las concesiones de los medios privados, quienes alentaron la violencia en Venezuela entre 2002 y 2004trayendo inestabilidad política y lo más grave, división de Venezuela, de las y los venezolanos, buscando separarnos a través del odio, de la ausencia de argumentos 

Marcel Granier decide violar la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión, incluso antes de ser aprobada, manipulando a través de una campaña que señalaba al Estado como el ‘represor que decidiría lo que tus hijos quieren ver’, creyendo que el pueblo venezolano, aparentemente conformista con lo que la radio y la televisión le ofrecía, no se organizaría para exigir sus derechos como usuarios y usuarias de los servicios de radio y televisión, categoría con la que la Ley RESORTE define a ciudadanas y ciudadanos con derecho a exigir la radio y la televisión que quieren, no simples ‘radioescuchas’ o ‘televidentes’.

Esta organización popular, contralora de la radio y la TV, aparece justo en el momento indicado, a través del artículo 12 de la Ley RESORTE, que promueve para los usuarios y usuarias la “participación directa en los asuntos de interés público, la cogestión y la corresponsabilidad como valores del nuevo modelo de democracia”. En concreto, las y los usuarios pueden dirigir solicitudes, quejas o reclamos respecto a presuntas violaciones a la Ley que cometan los operadores de radio y televisión, a través de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL, ente regulador de la programación de la radio y la TV en Venezuela), y dispuso que tales reclamos debían ser recibidos y respondidos “dentro de los quince días hábiles siguientes a su presentación”.

De estas organizaciones salieron los primeros casos concretos, elevados por las y los antiguos ‘televidentes’, contra RCTV, que ampliaron el expediente que ya tenía el Estado venezolano, en más de cincuenta años de televisión (particularmente los últimos 30) para tomar la decisión de no renovarle la concesión: Del 11 de agosto de 2005, al 22 de agosto de 2006, se presentaron 27 denuncias por parte de algunas organizaciones de usuarios y usuarias y particulares en referencia al tipo de programación, empleo de lenguaje no apto para niños, niñas y adolescentes, elementos de violencia y sexo en horario Todo Usuario, y mensajes subliminales, entre otros. RCTV estuvo involucrada en todas las denuncias, y no dio respuesta a ninguna de las mismas. Concretamente:

  • En septiembre de 2005, Organizaciones de Usuarios y Usuarias presentaron una misiva con reclamos sobre incumplimiento de la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión en los programas de RCTV: La Entrevista,  Radio Rochela y Ají Picante. El canal respondió sin ofrecer consideraciones sobre lo planteado por los usuarios y fuera de los 15 días hábiles establecidos por la Ley.
  • Luego, el Directorio exhortó a RCTV a cumplir con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión, en referencia a la prohibición de difundir publicidad por emplazamiento, acción que se evidenció con la presencia de imágenes de bebidas alcohólicas durante la transmisión del inicio de la temporada de Béisbol Profesional Venezolano en julio de 2005.
  • El año 2005 también trajo un hecho inédito en lo político: Por primera vez la oposición se negaba a participar en las elecciones de diputados y diputadas de diciembre de ese año, retirando a sus candidatos para tratar de lograr un ‘golpe electoral’ que deslegitimara el proceso. A pesar de la alta abstención que provocaron (en su mayoría por la tranquilidad que los electores partidarios de la Revolución Bolivariana tenían, sin oposición que les disputara el parlamento), no solo no lograron que la Asamblea Nacional ‘roja rojita’ (compuesta solo por los partidos afectos a la Revolución) se instalara, sino que además, años después, se supieran las razones públicas y ocultas de su decisión. La razón oculta era que derrotada la antigua ‘Coordinadora Democrática’ (hoy MUD) en el referendo revocatorio contra Hugo Chávez, y derrotados en las elecciones regionales del mismo año 2004, la oposición no sacaría más de 30 curules en la nueva Asamblea Nacional, si se atrevían a ir a dichas elecciones. Esto lo sabían los dueños de los medios de comunicación, y los políticos de la MUD, a quienes, dependientes como son de la TV, les exigieron que se retiraran de dichas elecciones, para evitar que, ante el mundo, la dirigencia opositora perdiera representatividad, y con ella la legitimidad que continuara dándoles reconocimiento y, sobretodo, financiamiento de los círculos de poder que la apoyan (principalmente, el gobierno de los Estados Unidos). El papel que jugó RCTV, como era de esperarse, fue llamar a no votar en las parlamentarias, para que la abstención ocultara la victoria imparable que la Revolución Bolivariana tendría en esos comicios. Ante esta campaña ilegal, CONATEL hizo varios exhortos a en diciembre de 2005, mes en el que RCTV emitió constantes llamados a “No sufragar” en su programación diaria. Se le extendieron reiteradas invitaciones a Eladio Lárez, presidente de la planta televisiva, para que asistiera a reuniones con el Directorio, para abordar aspectos relacionados con el cumplimiento de la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión.
  • Una vez más, en febrero de 2006, se exhortó a RCTV a cumplir con lo establecido en artículo 12 de la Ley RESORTE, en cuanto a atender de forma dirigente y oportuna los planteamientos o reclamos presentados por los usuarios y usuarias.
  • En marzo y mayo de 2006, CONATEL emitió otro exhorto a RCTV, solicitando evitar el calificativo de “Ley de Contenido” para referirse a la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión, durante la difusión de mensajes institucionales pautados por el Ministerio del Poder Popular para la Comunicación y la Información (MinCI). No sólo distorsionaban el nombre de la Ley RESORTE, sino que además el locutor anunciaba un mensaje ‘gratuito (y obligatorio)’, colocando voz de pesar para referirse a la obligatoriedad de estos mensajes, claro gesto de desobediencia al artículo 10 de esta Ley de la República.
  • También en 2006, el abogado Juan Garantón introdujo, por iniciativa propia, una demanda para suspender la transmisión, por parte de RCTV, de publicidad con alto contenido sexual, por protección de intereses difusos y colectivos. RCTV transmitió estos mensajes (incluyendo en los días de Semana Santa, sin que la Conferencia Episcopal hiciera pronunciamiento alguno) de servicios conocidos como “llamadas calientes”, que se ofrecían como servicios telefónicos a través del canal 2 a partir de la 1:00 a.m. Dichos anuncios de ‘líneas calientes’ no solo violaban la novedosa Ley RESORTE, sino también otras disposiciones y leyes venezolanas (respeto a la integridad física y moral de la persona; prohibición de la trata de mujeres, y deber de los medios a contribuir con la formación ciudadana – Artículos 46, 54 y 108 de la Constitución, respectivamente-, además que estos hechos son delito dentro de lo establecido en el artículo 381 del Código Penal de Venezuela). La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), acordó, en votación unánime, una medida cautelar, a través de la cual ordenó la prohibición de emitir esta publicidad.

Para cualquier analista político, todo indicaba que Marcel Granier buscaba perder, a propósito, la señal de RCTV, desconociendo sistemáticamente todas las leyes venezolanas (especialmente la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión), haciendo el trabajo político de deformar la imagen del presidente Hugo Chávez, electo democráticamente, y gobernando según las leyes venezolanas, como dictador, y enemigo de la libertad de expresión.

Pero, analizando más a fondo, y tomando en cuenta cómo era la estructura laboral de la televisión en Venezuela, existe un mar de fondo, tan fuerte, que hizo naufragar a todo trabajador, a toda trabajadora, del grupo CORAVEN, empresa que agrupaba a las y los trabajadores de RCTV. De eso hablaremos en la próxima entrega, desenlace de esta serie.

Ennio Di Marcantonio

Caracas, 38 años. Periodista, Licenciado en Comunicación Social, UCV, 2005. Trabajo de grado, '50 años de programación televisiva en Venezuela, estudio comparativo de la programación de la televisión venezolana'. Músico (escuela Pedro Nolasco Colón, 2000 - 2007). Productor, conductor y periodista del programa LA DESCARGA, transmitido por RNV Activa, más de 10 años llevando lo mejor del metal nacional e internacional, ahora los lunes y los jueves, de 10 a 12 de la medianoche. Columnista del Correo del Orinoco, sección 'La canalla mediática' (columna semanal sobre historia y actualidad de la televisión en Venezuela, premio Aníbal Nazoa, otorgado por el Movimiento Periodismo Necesario, 2014, premio Guillermo García Ponce, otorgado por el Consejo Legislativo del Municipio Bolivariano Libertador (Caracas, 2014). Columnista de la página web 'desdelaplaza.com' ('Crónicas Hertizianas' – Historia y aportes para la televisión en Venezuela)