Sectores públicos que trabajen los días viernes no laborables cobrarán salario habitual

La Gaceta Oficial n° 40.880 decretó que a partir del 08 de abril, los días viernes no laborables en el marco del Plan de Ahorro Energético, debido a la fuerte sequía por la que atraviesa el país, a causa del fenómeno de El Niño.

Los centros comerciales, industrias básicas, conjuntos residenciales e instituciones públicas, son los lugares en donde tendré efecto la medida y deberán cumplir con los horarios establecidos.

No obstante, los sectores públicos exentos  de la medida, deberán trabajar los viernes no laborables y cobrarán el salario correspondiente a ese día, sin recargo alguno sobre el salario habitual.

A continuación te mostramos cuáles son:

1. Entidades de trabajo de producción y distribución de energía eléctrica.

2. Entidades de trabajo de telefonía y telecomunicaciones.

3. Entidades de trabajo que despachan combustibles y lubricantes.

4. Centros de atención médica y hospitalaria, laboratorios clínicos y otros lugares del mismo género.

5. Farmacias de turno y comercialización de medicinas debidamente autorizados.

6. Establecimientos de venta y suministro de alimentos y víveres en general.

7. Hoteles, hospedajes y restaurantes.

8. Entidades de trabajo de recreación, turismo y esparcimiento público.

9. Entidades de trabajo de comunicación social.

 10. Entidades de trabajo de servicios públicos.

11. Entidades de trabajo de transporte público.

12. Instituciones de educación universitaria.

13. El Servicio Nacional de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) y la Superintendencia de Instituciones del sector Bancario (Sudeban), podrán establecer la implementación de lo establecido en el Decreto, normas aplicables al personal a su cago.

DesdeLaPlaza.com/GacetaOficial/LDJ