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TSJ decidirá sobre cobro de pasaporte a niños y adolescentes

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) admitió una solicitud realizada por la Asociación Civil Centros Comunitarios de Aprendizaje (Cecodap) para decidir sobre el cobro del trámite de pasaporte a niños y adolescentes, establecido con la reforma de la Ley de Timbre Fiscal, promulgada vía Habilitante.

La Sala Constitucional se declaró «competente para conocer el recurso de colisión de leyes», señala la sentencia del máximo tribunal emitida el 15 de marzo y realizada por el magistrado Juan Mendoza.

Cecodap señaló en su demanda que «la colisión normativa planteada genera (…) un conflicto en relación al pago de tasas para la expedición y renovación en el país de pasaporte a niños, niñas y adolescentes lo cual implica una violación al principio de gratuidad reconocido en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, siendo además, una medida regresiva que eliminó la exoneración que gozaban los niños, niñas y adolescentes, lo cual, limita y amenaza su derecho a obtener documentos públicos de identidad (artículo 22 Lopnna)», indica el documento del TSJ.

El TSJ decidirá entonces si la Ley de Timbres Fiscales, está contradiciendo los establecido en la Lopnna sobre la gratuidad del trámite. Sin embargo, el máximo tribunal rechazó las medidas cautelares solicitadas por Cecodap que incluían la suspensión del cobro por parte del Saime.

La sentencia menciona que el Cecodap argumentó que «como consecuencia directa del pago de tasas para la expedición y renovación de pasaportes a niños, niñas y adolescentes se materializa el pago indebido en detrimento de las familias y limita el acceso a este documento a aquellos niños, niñas y adolescentes que carezcan de recursos económicos para el pago del servicio».

DesdeLaPlaza.com/EMEN/AMB

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