TSJ elimina sanciones a funcionarios que no comparezcan ante la AN

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) desaplicó las sanciones a los funcionarios públicos que no cumplan con la Ley sobre el Régimen de Comparecencia y le quitó los poderes contralores a la Asamblea Nacional (AN), según indica una sentencia publicada en la web del máximo autoridad judcial del país.

Con respecto a la sanciones, el documento establece que los funcionarios públicos que no asistan ante el Hemiciclo por petición de los parlamentarios, no serán sancionados como lo establecía el instrumento legal.

El documento aclara que esta decisión es para preservar los principios de autonomía en los poderes públicos.

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La Ley sobre el Régimen para la Comparecencia de Funcionarios Públicos y los Particulares ante el parlamento nacional y sus Comisiones, establece los parámetros para la comparecencia de los integrante del gabinete Ejecutivo ante la AN.

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Poderes contralores de la AN

El TSJ emitió este martes una sentencia en la que limita los poderes contralores de la AN.

Según el contenido expuesto en el expediente 16-0153, el organismo judicial determinó cada una de las funciones del congreso, y estableció «sus límites democráticos para garantizar el equilibrio entre los Poderes».

La sentencia define que el «TSJ reconoce el Poder Legislativo Nacional, el cual tiene funciones de control político, a través del cual puede encausar sus pretensiones, eso sí, siempre dentro del orden constitucional y jurídico en general, pues ello no solo es garantía de estabilidad de la Nación y democracia, sino de respeto a los derechos fundamentales».

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«La disposición competencial en cuestión limita el control de la Asamblea Nacional al Poder sobre el cual históricamente ha tenido competencia de control político, es decir, al Ejecutivo Nacional; al cual, a su vez, la Constitución le asigna funciones de control sobre aquella, incluso la medida excepcional prevista en el artículo 236.21, es decir, disolver la Asamblea Nacional, para evitar graves perturbaciones al ejercicio de las competencias constitucionales que a su vez corresponden al Gobierno y a la Administración Pública, en perjuicio del bien común de todos los ciudadanos y ciudadanas, y, en fin, para proteger el funcionamiento constitucional del Estado y la colectividad en general», reza parte del documento.

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DesdeLaPlaza.com/ÚN/LDJ