Incrementos de matrícula en colegios privados debe ser en consenso con padres

Los padres y representantes deben discutir con directores de las instituciones educativas de gestión privada incremento de la matrícula, para dar cumplimiento a la Resolución 114 que convoca a la familia en general a participar en la toma de decisiones en la materia, reseñó AVN.

Esta resolución se emitió en 2014 para fijar las normas que rigen el incremento de la matrícula y con ello evitar la especulación con los montos.

Recientemente, la viceministra de Comunidades Educativas y Unión con el Pueblo, Soraya El Achkar, señaló que ninguna institución «de gestión privada del país puede aumentar el costo de la matrícula de manera unilateral, arbitraria y caprichosa. Esa medida debe responder a la convocatoria respectiva y al consentimiento de los representantes cuyos hijos se forman en dichos centros educativos», señaló, citada en una nota de prensa del Ministerio para la Educación.

Lee también: Las escuelas de cocina deben formar a cocineros integrales

De acuerdo con este procedimiento, las escuelas privadas deben presentar la estructura de costos correspondiente, el presupuesto y los balances económicos, para ser avalados por los padres y representantes.

Como primer paso para establecer la matrícula, la resolución indica que la directiva del plantel debe publicar en un sitio visible de la escuela el estudio económico correspondiente al año lectivo que culmina, en este caso 2014-2015, y la propuesta de presupuesto para el año próximo, 2015-2016.

Esta propuesta deberá incluir dos partes claramente diferenciadas: costos y gastos asociados a lo operativo y pagos del personal, así como proyectos de inversión para el nuevo año escolar.

Luego de esto, la Asamblea Escolar, formada por la directiva y los padres, deberá elegir un comité especial conformado por cinco padres, madres o representantes que estudie la estructura de costos en un lapso de 10 días hábiles.

Al culminar estos diez días, la Asamblea Escolar convocará una reunión extraordinaria para fijar el monto de la matrícula y mensualidades, ajustado a la estructura de costos, gastos e inversiones de la escuela.

El monto que decidan establecer los padres no podrá ser modificado por la directiva, ni por los propietarios de los colegios, ordena la resolución.

Igualmente indica que «la matrícula no podrá exceder en ningún caso el monto de una mensualidad».

Las instituciones privadas que imparten clases a adultos y a jóvenes aplicarán, en cuanto sea compatible, este procedimiento para fijar el monto de su matrícula.

DesdeLaPlaza.com /AVN /ABD