Multa para quienes no cumplan con lo estipulado en la Ley de Arrendamiento

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El Superintendencia Nacional de Vivienda (Sunavi) informó este lunes que los propietarios que no respeten la norma de ofrecer en venta su inmueble a los inquilinos con más de 20 años en el lugar, deberán cancelar una multa de 2.000 unidades tributarias por cada vivienda, lo que equivale a 254.000 bolívares. En caso de no cancelar será considerado reincidente y deberá pagar el doble de esa cantidad, si el incumplimiento se repite, la Sunavi podrá solicitar el embargo del inmueble.

Asimismo, manifestaron que ya expiró el lapso de 60 días hábiles establecido por la providencia 42 de la Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Vivienda, publicada el 28 de marzo, para que los propietarios de edificios con más de 20 años en alquiler pusieran en venta los apartamentos a los arrendatarios que tienen muchos años en ellos.

En el caso de aquellas familias alquiladas que no hayan recibido la posibilidad de compra, están en el derecho de exigir las sanciones correspondientes por incumplimiento de ley.

La Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas, vigente desde noviembre de 2011, establece que aquellas personas que residen alquilados en edificios con más de 20 años destinados a arrendamiento tendrán derecho a adquirirla, excepto los pequeños arrendadores, que tienen uno o dos departamentos.

Esta es la primera Ley presentada ante la Asamblea Nacional (AN) por iniciativa popular y se discutió en el Parlamento con distintos sectores.

La Sunavi publicó en la Gaceta Oficial 40.382, de fecha 28 de marzo de 2014, las normas a seguir para hacer efectiva esa venta, y detalló que debe ser realizada en un periodo máximo de 60 días desde que entra en vigencia la normativa.

De la misma manera, la Superintendencia será la encargada de determinar el valor adecuado del inmueble en venta, según las reglas expresadas en la Ley.

Desde La Plaza/ Globovisión/ KH