Así quedó la Providencia 011 luego de las últimas modificaciones

El gobierno venezolano realizó diversos cambios a la normativa cambiaria que establece nuevos límites para adquirir divisas con motivos a viajes en el extranjero.  

Cencoex había autorizado el pasado viernes, por medio de una nueva providencia publicada en Gaceta Oficial, ajustes para la solicitud del «cupo viajero«. 

A propósito de esto, te dejamos todo lo que debes saber si tienes contemplado viajar en los próximos meses:

1.- De acuerdo a la providencia el Cencoex podrá autorizar hasta un monto máximo de 3.000 dólares o su equivalente en divisas por año a cada usuario, que serán descontados conforme a cada modalidad, bien sea:

a.- Autorización para realizar pagos en divisas con tarjeta de crédito en el exterior con ocasión de viajes.
b.- Autorización para realizar pagos de consumos de bienes y servicios efectuados con tarjeta de crédito mediante operaciones de comercio electrónico con proveedores en el exterior.
c.- Autorización de divisas para niños, niñas y adolescente.
d.- Se excluye de la utilización de los mecanismos contemplados en la Providencia, a los beneficiarios de Remesas a Familiares Residenciados en el Exterior; pago a actividades académicas en el exterior o envío a jubilados, pensionados y residentes en el exterior.

2.- El gobierno estableció además nuevos límites para viajes al exterior dependiendo del destino y el número de días de estadía en el referido destino, quedando de la siguiente forma:

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3.- Sin embargo, esta medida no será extensiva para los tarjetahabientes del Banco de Venezuela que ya tramitaban el cupo con esta entidad bancaria. El mandatario venezolano, Nicolás Maduro, hizo esta modificación, por considerar que esta institución «no robaría al Estado». 

4.- El tipo de cambio aplicarse para las operaciones establecidas será el resultante de la última asignación de divisas realizadas a través del Sistema Complementario de Administración de Divisas (Sicad). El usuario podrá usar hasta 3 tarjetas de crédito siempre y cuando sean del mismo operador cambiario.

5.- El  cupo para consumo a través de operaciones electrónicas en el exterior al año en 300 dólares. Este solo se podía usar en tres partes (100 dólares cada uno) cada 4 meses según la providencia 011, sin embargo, fue modificado el miércoles 15 de abril, estableciendo su uso como funcionaba anteriormente: 300 dólares por año. 

6.- Según el artículo 5 de la Providencia Nº 11, los operadores cambiarios autorizados para realizar operaciones con los cupos en dólares, bien sea viajero o electrónico, son los cinco pertenecientes a la Banca Pública, quedan excluidos los 18 de la privada. 

7.- Se elimina la espera de seis meses con plástico para poder solicitar el cupo en una entidad bancaria del estado. Sin embargo, esta medida es transitoria, según la Providencia, y vencerá el próximo 31 de diciembre del 2015.

7.- El artículo 2 de la Providencia indica además que la asignación de divisas en efectivo para viajes al exterior solo será para niños, niñas y adolescentes. 

DesdeLaPlaza.com/NCH