Lee esto antes de declarar el impuesto sobre la renta (+Gráfica)

El Impuesto Sobre la Renta (ISLR) es un impuesto que se le paga al estado venezolano, a través del Servicio Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) sobre las ganancias obtenidas en el año fiscal.

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Cancelar el ISLR es un proceso requerido por la ley, estos impuestos son utilizados para financiar los servicios y las obras de carácter general como la educación, la salud, la seguridad, la justicia y las obras de bien para la ciudadanía en materia de infraestructura, la vialidad nacional y la infraestructura comunal.

El plazo para hacer la declaración del Impuesto sobre la Renta vence el 31 de marzo de cada año. El presidente Nicolás Maduro anunció este martes.

A través de un decreto de emergencia económica, el presidente Nicolás Maduro ajustó el 09 de marzo   

Lo que tiene que saber antes de declarar el ISLR

1.- Toda persona natural o jurídica con ingresos iguales o superiores a las 1.000 Unidades Tributarias, es decir, 150.000 bolívares, debe declarar y cancelar el Islr.

2.- Toda persona natural (trabajadores formales e independientes) está obligado a declarar el Islr aunque no haya percibido ingresos por más de 1.000 UT, es decir, 150.000 bolívares en el año.

3.- Las personas jurídicas que hayan registrado pérdidas deben realizar su proceso de declaración ante el Seniat.

4.- El valor de la UT a tomar en cuenta para la declaración y pago del Islr de 2015 que se declara este año es de 150,000  bolívares.

5.- Los jubilados y pensionados están exentos del pago del Islr cuando los ingresos obtenidos sean por indemnizaciones correspondientes a la culminación de su actividad laboral, pero deben pagar el correspondiente impuesto cuando realicen algún tipo de actividad económica que les genere ingresos adicionales a la pensión y jubilación.

6.- Las personas naturales pueden cancelar el Islr hasta en tres partes. La primera debe ser al momento de la declaración, es decir, hasta el 31 de marzo. El segundo pago será 40 días después del 31 de marzo, y el tercer pago 40 días después de la fecha en que hizo efectivo la segunda cuota.

7.- Las personas naturales tienen la opción de realizar su declaración y/o pago por vía manual o electrónica.

8.- La vía electrónica a través del portal del Seniat es obligatoria para aquellos cuya declaración no arroje monto a pagar, funcionarios públicos y contribuyentes especiales.

9.- Alrededor de 11 mil funcionarios están desplegados en las oficinas del Seniat y en los centros comerciales de todo el país para la atención de los contribuyentes.

10.- Para el pago en línea a través de los bancos han sido autorizados: Banco del Tesoro, Banco Mercantil, Banco Occidental de Descuento, Banesco, Provincial y Banco de Venezuela. Para el pago por taquilla se podrá realizar en los bancos: Central de Venezuela, Fondo Común, Industrial, Mercantil, Occidental de Descuento, Banesco, Provincial, Bicentenario, Nacional de Crédito, Sofitasa, Citibank y del Tesoro.

11.- Los enriquecimientos netos provenientes de actividades bancarias, financieras, de seguros o reaseguros, obtenidas por personas jurídicas en el país, tienen un impuesto proporcional de 40% para pagar el Islr en vez del 34% que debe cancelar el resto de los contribuyentes.

12.- Las compañías anónimas, sociedades o corporaciones extranjeras pagarán un impuesto por todos sus enriquecimientos netos hasta dos 2.000 UT, es decir, Bs. 300.000, de un 15%. Mientras que para quienes ganan hasta 3.000 UT (Bs. 450.000) un 22% y para la fracción que exceda 3.000 UT un 34%.

13.- Los patronos públicos y privados deben emitir a sus trabajadores la planilla ARC, necesaria para poder declarar el Impuesto Sobre la Renta

14.- Para facilitar la declaración y pago del ISLR, el Seniat mantiene activo un servicio permanente de orientación telefónica a través de la línea 0-8000-SENIAT (0-8000-736428), así como el correo electrónico asiste@seniat.gob.ve y la cuenta Twitter @SENIAT_Oficial.

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Deducciones y rebajas en el ISLR

Las deducciones para rebajar el monto del pago del ISLR pueden ser por rebaja personal (10UT); por cónyuge no separado (10 UT); por carga familiar ante ascendiente o descendiente directo (padre, madre, hijos menores de edad, hijos con discapacidad) y que resida en el país (10 UT).

Los artículos 61 y 62 de la ley del ISRL establece que las personas naturales residentes en el país, gozarán de una rebaja de impuesto de diez (10) UT anuales. Además, si tales contribuyentes tienen personas a su cargo, gozarán de las rebajas de impuesto siguientes:

1. Diez (10) unidades tributarias por el cónyuge no separado de bienes. 2. Diez (10) unidades tributarias por cada ascendiente o descendiente directo residente en el país. No darán ocasión a esta rebaja los descendientes mayores de edad a menos que estén incapacitados para el trabajo, o estén estudiando y sean menores de veinticinco (25) años.

Desde La Plaza.com/Agencias/LDJ/Infografía: Orlando Vielma