Oficializado Estado de Emergencia en Apure

A partir de este jueves y por un lapso de sesenta (60) días Apure entrará en Estado de Emergencia como consecuencia de las intensas y recurrentes lluvias acaecidas en el municipio Páez que afectaron a la población de Guadualito.

De acuerdo al Decreto Presidencial número 1.866, publicado en Gaceta Oficial 40.698 del miércoles 8 de julio, que circula este jueves, el lapso indicado en el artículo “podrá ser prorrogado por igual periodo, mediante Decreto”.

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En ese sentido, el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, a través de la Dirección Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres, deberá elaborar “un Plan de Acción Específico para el retorno a la normalidad de las áreas del municipio Páez del estado Apure afectadas por las lluvias, de conformidad con las líneas impartidas por el Comité Coordinador Nacional de PCAD, a cuyo cargo se encuentra su aprobación”.

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El Ejecutivo, a través del Comité Coordinador Nacional de PCAD será el encargado de instrumentar la política regional dirigida a fortalecer la capacidad de preparación y respuesta de las instituciones y la comunidad ante las particulares circunstancias que imperan en el municipio Páez.

Por otra parte, en el texto oficial menciona que las personas naturales y jurídicas privadas deberán prestar la colaboración que les sea requerida por la Dirección Nacional de PCAD, en ejecución del presente Decreto. Dicho órgano será el encargado de la ejecución del Plan.

El Mpprijp y PCAD podrán dictar y ejecutar, por vía de excepción, las medidas especialísimas que estimen pertinentes a fin de garantizar a la población el suministro de los servicios básicos necesarios, la restitución de la infraestructura afectada y la superación de los inconvenientes ocasionados como consecuencia de las precipitaciones en el municipio Páez.

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También, los referidos organismos podrán hacer ejecutar la “ocupación temporal de instituciones y establecimientos públicos y privados, lotes de terrenos o áreas que se requieran para la atención a la población”.

El Ejecutivo tomará por su parte las previsiones presupuestarias y financieras necesarias, aún aquellas de carácter extraordinario, para la preparación o atención de emergencias o desastres así como labores de rehabilitación o reconstrucción, para lo cual se establecen los apartados presupuestarios necesarios, asegurando que los recursos destinados de manera específica a la atención de municipio sean aplicados de la manera más eficiente.

Asimismo, el ministro para la Salud, mediante Resolución, implementará las medidas sanitarias preventivas que estimen pertinentes, a los fines de minimizar los riesgos que pudieran producirse como consecuencia de las circunstancias que motivan la presente declaratoria de emergencia.

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