El parlamento comunal es un contrapeso constitucional

Los resultados de las parlamentarias del pasado 6 de diciembre, en las que la oposición  obtuvo una amplia mayoría, ha desatado una nueva oleada de debate político y movilizaciones en Venezuela.

Los nuevos diputados a la Asamblea Nacional (y sus aliados: los empresarios criollos) asumirán el próximo 5 de enero de 2016. Pero desde el día siguiente a su victoria adelantaron temas importantes de “su” agenda legislativa:

-Amnistía general para los políticos presos (que no es lo mismo que presos políticos).

-Derogación inmediata de leyes como la Orgánica del Trabajo, Arrendamientos, Tierras Urbanas.

-Privatizaciones de empresas en manos del Estado.

-Derogación de los convenios con Cuba, PetroCaribe, Alba y la inversión social a las misiones… entre otras.

Lo que elevó los termómetros políticos ya que el pueblo bolivariano recibió estos anuncios como amenazas a sus conquistas sociales.

Tras la derrota, el chavismo reaccionó de inmediato con movilizaciones autoconvocadas y con el reclamo al gobierno de Nicolás Maduro para que tome acciones más radicales. Los candidatos que no fueron electos se volvieron de inmediato a los barrios y convocaron asambleas populares.

A dos días de las elecciones se anuncio la remoción de todo el gabinete ministerial. También la cúpula del Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv) puso sus cargos a la orden la militancia. Se mueve el chavismo.

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Éste 15 de diciembre se cumplieron 16 años del referendo popular que permitió al pueblo, por primera en la historia del país, aprobar una constitución(1) que por meses estuvo discutiendo en asambleas populares(2).

En la misma jornada, el presidente actual de el Asamblea Nacional, diputado Diosdado Cabello, juramentó al Parlamento Comunal Nacional.

Leer además: Cabello instaló en la AN Parlamento Comunal Nacional

¿Se trata de un invento de última hora? ¿Son las hordas castro-comunistas que se alistan a la confrontación? ¿Se desconoce al nuevo parlamento?

Sin contradicciones

Jesús Silva, escritor, constitucionalista y profesor la Universidad Central de Venezuela lo explica así:

“Este nuevo órgano no contradice ni disuelve ni obstaculiza el funcionamiento de la Asamblea Constitucional desde el punto de vista jurídico. Obviamente desde el punto de vista político esta apareciendo un nuevo foro de participación ciudadana o forma de organización popular que asume protagonismo en paralelo al Poder Legislativo, sin embargo esto lo establece el artículo 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, cuando se refiere a las formas de organización popular para ejercer la soberanía popular directa”.

Agrega Silva que “éste Parlamento Comunal(3) puede generar decisiones vinculantes, es decir actos jurídicos válidos para la esfera del Derecho Público; por ejemplo aprobar presupuestos para comunas y consejos comunales”.

Por su parte, explica, la Asamblea Nacional opositora seguirá ejerciendo su atribución constitucional de aprobar los presupuestos que tradicionalmente le han correspondido al parlamento. Con certeza esta materia estará subordinada a las maniobras políticas de la MUD y no al interés nacional.

Gobernabilidad

Que la oposición tenga mayoría parlamentaria ¿significa una crisis de gobernabilidad en Venezuela?

El ex constituyente abogado y experto en derecho constitucional, Hermann Escarrá asegura que con una Asamblea Nacional con mayoría de derecha “no es verdad que vamos a tener problemas de gobernabilidad, lo que sí es verdad es que llegó le momento de ejercer a plenitud la Constitución de la República».

Escarrá explicó éste y otros temas al intervenir en un foro denominado: «Constitución para el futuro», a propósito de cumplirse 16 años de la aprobación de la carta magna(4).

Contrapesos institucionales

Al contar con las dos terceras partes del parlamento, la constitución bolivariana faculta a la oposición (vencedora en las elecciones) para (grosso modo):

-Promover el enjuiciamiento político del Presidente.

-Revocar leyes constitucionales.

-Aprobar o no presupuestos.

-Vetar a los ministros o destituirlos.

-Destitutir al Vicepresidente Ejecutivo.

-Aprobar o no salidas del país del presidente de la república si el viaje dura más de 5 días.

-Remover al Tribunal Supremo de Justicia.

-Designar al Poder Ciudadano y al Consejo Nacional Electoral.

Visto así, resultaría muy fácil al nuevo parlamento, acabar con la revolución bolivariana. Ahora bien. Nada de eso podrá ejecutarse, si no cuentan con la aprobación del Poder Ciudadano, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y la decisión soberana del pueblo mediante el voto. La Asamblea Nacional, no es un poder supraconstitucional.(5)

Parlamento Comunal

Escarrá expresó que para derrotar las pretensiones de la oposición es necesario desarrollar las leyes del poder popular, «pero además aquí está el Parlamento Comunal, que es una figura bellísima y extraordinaria, pero además está el poder legislador. Chávez dejó varios instrumentos como el parlamentarismo de calle, el pueblo legislador y la comuna o nada».

«Ese es el camino a seguir, la revolución es constitucional, la gran admiración hacia la Revolución Bolivariana es que ha sido en el marco pacífico, su primer acto fue convocar a una Asamblea Nacional Constituyente para que el pueblo decidiera qué Constitución quería, cómo la quería y cuál era el rumbo de su destino», recordó.

Para Hermann Escarrá si la derecha quiere una confrontación se encontrará con la revolución, en el marco de la Constitución y los valores bolivarianos.

Poder del pueblo ¿realidad o ficción?

Ahora bien ¿Será el momento real de un verdadero poder popular o es una construcción secuestrada por los partidos políticos?

Carlos Fréitez, politólogo zuliano recuerda que, históricamente, los partidos tradicionales (Acción Democrática y Coipei) secuestraron la organización de base y por ello había sidicatos adecos o juntas de vecinos copeyanas.

«Fue el Comandante Chávez -y la revolución bolivariana- el que dio reconocimientos al verdadero movimiento popular y le otorgó herramientas para su consolidación y empoderamiento. Puede que dentro de alguna organización hagan vida militantes de algún partido político, pero en ellos privan mecanismos de control de las mayorías por métodos asamblearios».

Entendiendo que la nueva asamblea debe funcionar dentro de los marcos constitucionales, a pesar de su inclinación política, Fréitez estima que en el horizonte se vislumbra confrontación política «porque este pueblo es un pueblo que asumió su constitución y que no va a abandonar la lucha por sus conquistas sociales».

No es momento, agregó, para secuestrar la iniciativa del pueblo que se activó luego de la derrota electoral. Debería ser el tiempo de consolidar una conducción política y social de amplia participación.

DesdaLaPlaza / Ernesto J. Navarro

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1.- Recuerdan en Venezuela Referéndum Constitucional de 1999: http://prensa-latina.cu/index.php?option=com_content&task=view&idioma=1&id=4436971&Itemid=1.

2.-Venezuela celebra primer aniversario del Día del Poder Popular Constituyente: http://www.correodelorinoco.gob.ve/nacionales/venezuela-celebra-primer-aniversario-dia-poder-popular-constituyente/.

3.- Leer: Del Parlamento Comunal / Ley de Comunas / Título IV / Capítulo I / Artículo 21: http://www.mpcomunas.gob.ve/wp-content/themes/comunas/documentos/ley_organica_de_las_comunas.pdf .

4.-Video / Intervención del Dr. Hermann Escarrá en el Foro “Constitución para el futuro”: https://www.youtube.com/watch?v=8QWaV3kLkI4.

5.- Constitución de la República Bolivariana de Venezuela / Artículo 7: “La Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a esta Constitución”.